Tras la suspensión de las clases presenciales a causa del coronavirus, los colegios privados tendrán un plazo de siete días, desde el 6 de mayo, para informar a los padres de familia sobre las modificaciones de sus costos por brindar clases virtuales.
Según el Decreto Legislativo, publicado hoy en el Diario El Peruano, si los padres no están de acuerdo con la propuesta pueden anular el contrato, y la institución deberá devolver las cuotas de matrícula, ingreso y pensiones canceladas.
La norma tiene como finalidad garantizar la transparencia, información y la protección a los estudiantes de educación básica, en el marco de las acciones preventivas y de control ante el riesgo de propagación de la pandemia de Covid-19.
Esta se aplicará a todos los colegios privados que brindan servicios educativos, en todas sus modalidades, niveles y ciclos, y de obligatorio cumplimiento para las Direcciones Regionales de Educación, y las Unidades de Gestión Educativa Local.
Los colegios están obligados a comunicar sobre las prestaciones que brindaban de manera presencial y cuáles de estas ya no son brindadas de manera no presencial. La información tiene carácter de declaración jurada, sujeta a fiscalización posterior.
A partir del 12 de mayo, las instituciones educativas deberán advertir a los usuarios, por correo electrónico o cualquier otro medio la existencia o no, de una propuesta de modificación de las condiciones de prestación del servicio educativo.