Las farmacias y boticas que no tengan disponible para la venta al público los medicamentos genéricos del listado aprobado por el Ministerio de Salud (Minsa) serán multadas hasta con 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Así lo dispuso el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 007-2019 que garantiza el acceso a los medicamentos genéricos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la Salud.
Según el dispositivo, en los próximos tres meses habrá "fiscalizaciones orientativas" sin sanción, que tienen como objetivo verificar si las farmacias y boticas cumplen el decreto de urgencia, es decir, si tienen o no los genéricos.
Además, se conoció que se sancionará a los laboratorios con registro sanitario y similares que no informen la discontinuación temporal y definitiva de la fabricación o importación de medicamentos y productos.