¿Eres practicante? Tienes derecho a medio sueldo adicional cada seis meses
Este pago se debe realizar en el mes siguiente de que el colaborador haya cumplido un semestre laborando.
Este pago se debe realizar en el mes siguiente de que el colaborador haya cumplido un semestre laborando.
Si eres practicante, te tenemos buenas noticias. En la legislatura peruana se contempla que todo practicante tiene tiene derecho a recibir medio sueldo adicional cada seis meses.
Este pago se debe realizar en el mes siguiente de que el colaborador haya cumplido un semestre laborando, bajo alguna de las modalidades formativas que la legislación peruana contempla.
Cabe mencionar que esta situación puede darse en cualquier mes del año, siempre y cuando el practicante haya cumplido sus seis meses dentro de la empresa. Sin embargo, el practicante no recibe gratificaciones en julio ni diciembre, situación que sí ocurre con los trabajadores que están contratados.
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