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Jueves, 30 de mayo del 2019

Bono Mi Alquiler: nueva ley que facilita el acceso a viviendas para personas de 18 a 40 años

En no más de 30 días el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) emitirá un comunicado con el monto exacto de este bono que facilitará el acceso a la compra de viviendas.

Bono Mi Alquiler: nueva ley que facilita el acceso a viviendas para personas de 18 a 40 años

En no más de 30 días el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) emitirá un comunicado con el monto exacto de este bono que facilitará el acceso a la compra de viviendas.




El Gobierno promulgó hoy la ley que crea el Bono de Arrendamiento para Vivienda (Bono Mi Alquiler), este subsidio se otorgará para el arrendamiento de inmuebles y la generación de ahorro a fin de facilitar el acceso a la compra de viviendas entre personas de 18 a 40 años.

El diario El Peruano publicó hoy la Ley Nº 30952 la cual ampara este bono que se otorga con periodicidad mensual y por un tiempo máximo de cinco años con criterio de utilidad pública. El Bono Mi Alquiler se entrega sin cargo de restitución por parte de los beneficiarios y constituye un incentivo de ahorro para promover el acceso a la vivienda y a la mejora de las condiciones de habitabilidad.

El monto total del bono se distribuirá así: un porcentaje se destinará para cubrir el pago del arriendo de la vivienda y lo restante formará parte del ahorro obligatorio orientado al pago de la cuota inicial o parte de esta para la adquisición de una vivienda.

El valor exacto del bono y los porcentajes se comunicarán en el reglamento de la ley que será emitido en no más de 30 días, contando a partir del viernes 31 de mayo, por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Para poder acceder al bono, los beneficiaros deberán cumplir los siguientes requisitos:

- El grupo familiar o grupo conformado mínimo por dos personas no dependientes, de nacionalidad peruana.

- Tener entre 18 y 40 años de edad, además, de ser personas de escasos recursos económicos.

- No ser propietario ni copropietario de vivienda, terreno o aires independizados para vivienda.

- No encontrarse postulando a otro programa de apoyo habitacional y no haber sido beneficiario de alguno de estos en cualquiera de sus modalidades.


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