Entró en vigencia la ordenanza N° 007-2019-Municipalidad Provincial de Trujillo, que prohíbe el acoso sexual callejero y establece una multa equivalente a S/ 4.200, es decir, una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
La Ordenanza Municipal, que fue publicada el 30 de marzo en el Diario Oficial El Peruano, previene, prohíbe y sanciona el acoso sexual ejercido en contra de las personas, en especial contra mujeres, niñas, niños y adolescentes, que se encuentren en espacios públicos y/o transiten por establecimientos comerciales y/o obras en edificación, en Trujillo.
Vale mencionar que se define como acosador a toda aquella persona que realice un acto o actos de acoso sexual en espacios públicos y a la acosada como toda persona que es víctima de acoso sexual en espacios públicos.
Por su parte, la Municipalidad Provincial de Trujillo realizará y garantizará capacitaciones sobre la problemática del acoso sexual en espacios públicos a sus empleados de confianza, personal administrativo y miembros de Seguridad Ciudadana.