El decreto legislativo 1386 que modifica la norma 30364 (ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer) y que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, autoriza a los agentes de la Policía Nacional para que ingresen a las viviendas donde sean reportadas ataques contra las féminas.
La medida buscará el retiro de la persona agresora del lugar, una prohibición ante un posible retorno y el impedimento de cualquier tipo de comunicación, ya sea telefónica, cartas, redes sociales, chat, entre otros, con la víctima.
A esto se suma que el agresor no podrá buscarla en su centro de trabajo, domicilio, centro de estudios y demás lugares que sea frecuentado por la agraviada.
Sobre el tema, Erika Anchante, comisionada de la Adjuntía para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, saludó la modificación de la norma. “Muchas veces los policías se veían limitados en este tipo de acciones porque terminaban denunciados por violación a domicilio al no contar con una orden judicial para ingresar a la casa, pero ahora, al tratarse de situaciones de flagrancia, ya no existirá esa restricción”, puntualizó. (Fuente: Agencia Andina)