Tanto la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) como las municipalidades provinciales estarán obligadas a registrar mensualmente las multas impagas por infracciones de tránsito en las Centrales Privadas de Información de Riesgos.
Esto, de acuerdo al proyecto del nuevo Reglamento Nacional de Licencias de Conducir publicado por el Ministerio de Transportes, que busca recoger sugerencias y comentarios de los peruanos por un plazo de 30 días.
Además, la Dirección General de Tránsito Terrestre del ministerio podrá requerir periódicamente información a las centrales de riesgo para determinar el nivel de ejecución de las multas por infracciones.
“Se fijan multas de 25 UIT (98,750 soles) cuando una escuela de conductores realiza actividades de formación o capacitación de conductores sin contar con autorización respectiva. La sanción incluye la paralización de la actividad y el cierre del local”, señaló la agencia Andina.
La propuesta también obliga a los conductores a que, al término de su suspensión de licencia de conducir, realicen cursos de seguridad vial y sensibilización (40 horas lectivas dentro de 30 días calendario), de lo cual dependerá su habilitación.
Con esta nueva norma se espera crear un marco regulatorio que fomente la formación y adquisición gradual de experiencia en los conductores, de manera que el mejore el nivel de exigencia en evaluaciones para otorgar una licencia de conducir.