Establecen requisitos para ser beneficiario del programa Pensión 65
La Presidencia del Consejo de Ministros estableció medidas complementarias para acceder a la subvención económica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65.
La Presidencia del Consejo de Ministros estableció medidas complementarias para acceder a la subvención económica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65.
La Presidencia del Consejo de Ministros estableció medidas complementarias para acceder a la subvención económica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65.
Según un Decreto Supremo publicado en las Normas Legales del diario oficial El Peruano, se modificaron los requisitos para ser usuarios de este programa, siendo ahora estas las características que se deben cumplir:
-Son usuarios del Programa Pensión 65 las personas adultas a partir de 65 años de edad que se encuentren en condición de extrema pobreza de acuerdo a los criterios del Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh).
-La condición del usuario del programa es incompatible con la percepción de cualquier presión o subvención que provenga del ámbito público o privado, incluyendo a EsSalud, así como ser usuario de algún programa social, a excepción del Seguro Integral de Salud (SIS) y el Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización (Pronama).
-Para acceder a los beneficios del programa los potenciales usuarios deberán entregar al representante debidamente acreditado copia de su DNI y una declaración jurada, debidamente suscrita.
El referido decreto lleva las firmas del presidente Ollanta Humala, del jefe del Gabinete, Óscar Valdés, y de la ministra de Desarrollo e Inclusión Social, Carolina Trivelli.
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