Locales

Jueves, 04 de agosto del 2011

Municipalidades impondrán multas de 7 mil soles por la propaganda electoral no retirada

A partir de mañana, las municipalidades de todo el país podrán imponer multas de hasta 7 mil 200 soles a las organizaciones políticas que no retiraron la propaganda electoral de los últimos comicios generales.

Municipalidades impondrán multas de 7 mil soles por la propaganda electoral no retirada

A partir de mañana, las municipalidades de todo el país podrán imponer multas de hasta 7 mil 200 soles a las organizaciones políticas que no retiraron la propaganda electoral de los últimos comicios generales.




A partir de mañana, las municipalidades de todo el país podrán imponer multas de hasta 7 mil 200 soles a las organizaciones políticas que no retiraron la propaganda electoral de los últimos comicios generales, informó el Instituto Peruano de Administración Municipal (IPAM).

El titular del IPAM, Marco Tulio Gutiérrez, recordó que, según la Ley Orgánica de Elecciones, las organizaciones políticas, listas independientes o alianzas tenían un plazo de 60 días para retirar o borrar sus afiches propagandísticos.

En caso contrario, agregó, se harán acreedores a la multa que establezcan las autoridades correspondientes, que en este caso son las municipales, las cuales llegan hasta 7 mil 200 nuevos soles.

Gutiérrez refirió que los concejos municipales han establecido las sanciones en sus respectivos Reglamentos de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), los que debieron haber sido aprobados por medio de ordenanzas y publicados en el diario oficial el Peruano.

"Hay municipalidades que han fijado una multa global por la infracción, por lo general de monto elevado, mientras que otras han establecido una multa por cada pared pintada o por cartel no retirado de cada poste", apuntó.

Por ejemplo, los municipios que aplicarán multas de 7 mil 200 soles son Bellavista, El Agustino, San Isidro y San Martín de Porres, mientras que, en el otro extremo se encuentran Ventanilla y Ancón, con multas de 180 soles, y Carabayllo con solo 36 nuevos soles.

El especialista explicó que los infractores podrán discutir las multas ante las instancias municipales, por medio de las solicitudes de reconsideración y apelación.

"Contra lo que se decida finalmente en la municipalidad, solamente podrá cuestionarse dicha decisión a través de un proceso judicial de carácter contencioso administrativo".

De quedar probado en la vía judicial, que lo decidido municipalmente era correcto, el infractor deberá pagar la multa, además de los gastos en que hubiera incurrido el gobierno local para defenderse y la administración de justicia para estudiar y resolver el caso, agregó.

El  plazo de 60 días comenzó a correr tras la segunda vuelta electoral, realizada el 05 de junio último. Además de las elecciones presidenciales, en estos comicios también se eligió a los parlamentarios y a los representantes del Parlamento Andino.


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