El Aeropuerto Internacional Jorge Chávez ha comenzado a aplicar desde hoy nuevas restricciones en el equipaje de mano, en línea con una normativa reciente de la Unión Europea. A partir de ahora, los líquidos, aerosoles y gels (LAG) que los pasajeros lleven a bordo deben estar en recipientes de máximo 100 mililitros y dentro de una bolsa de plástico transparente que no exceda un litro de capacidad. Esta medida aplica principalmente para vuelos directos a Europa y surge tras una revisión de los sistemas de escaneo de explosivos en los aeropuertos europeos.
La normativa responde a problemas detectados en los escáneres C3, tecnología usada para la detección de elementos peligrosos en el equipaje de mano. Las autoridades europeas han instado a revisar y ajustar el uso de estos dispositivos para mejorar su rendimiento y garantizar la seguridad de los vuelos. Consultados por Infobae Perú, Lima Airport Partners (LAP), señalaron que esta regulación aplica exclusivamente para vuelos directos hacia Europa.
CAMBIOS EN LAS DIMENSIONES DEL EQUIPAJE DE MANO
Además de las restricciones sobre LAG, la Unión Europea ha unificado las políticas sobre el tamaño del equipaje de mano para evitar confusiones entre los pasajeros que viajan con distintas aerolíneas. A partir de ahora, las maletas de mano o bolsas que vayan en la cabina de los aviones deberán tener un tamaño máximo de 55x40x20 centímetros y no deben superar los 10 kilogramos de peso. Esta medida busca estandarizar las normativas entre las aerolíneas y reducir los conflictos que surgen frecuentemente en los controles de seguridad.
La decisión también apunta a garantizar la transparencia en la información de tarifas relacionadas con el equipaje de mano y los posibles costos adicionales. Las autoridades europeas han instado a los Estados miembros a velar por el cumplimiento de estas disposiciones y proteger los derechos de los consumidores.
EXCEPCIONES Y DETALLES IMPORTANTES
- Los líquidos que se llevan en cabina (aerosoles, bebidas, pasta dentífrica, cremas cosméticas, geles, etc.) deben ir dentro de una bolsa de plástico transparente de no más de un litro de capacidad, además cada contenedor no debe superar los 100 mililitros, de otro modo tendrán que ir en equipaje facturado. La normativa no aplica a medicamentos ni alimentos para bebés, que pueden llevarse sin restricciones siempre que sean declarados durante los controles de seguridad.
- Los pasajeros deben tener en cuenta que los líquidos adquiridos en las tiendas duty-free (libre de impuestos) del aeropuerto o en el avión podrán llevarse como equipaje de mano, siempre que estén sellados en una bolsa de seguridad proporcionada en el momento de la compra. Esta bolsa no debe abrirse hasta llegar al destino final, y los agentes de seguridad podrán revisarla si es necesario.
- Además, los objetos cortantes, sustancias inflamables y armas siguen prohibidos en el equipaje de mano, incluso, objetos de uso común como sacacorchos, cuchillos o tijeras, deben ir en el equipaje facturado.
- Artículos explosivos o inflamables como pirotécnicos o aerosoles de pintura, sustancias corrosivas y tóxicas, como los ácidos, están prohibidas, no pueden llevarse ni en el equipaje de mano ni en el facturado. Así también, las armas están terminantemente prohibidas.