La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi ratificó en segunda y última instancia administrativa una multa de 134,9 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/ 694,735, contra Sociedad Saco Oliveros S.A.C. La sanción, impuesta por la Comisión de Protección al Consumidor N.°3 (CC3), se debe a la falta de medidas de seguridad en la infraestructura del colegio.
Según la Resolución 2086-2024/SPC-INDECOPI, la entidad educativa no implementó medidas de seguridad para restringir el acceso a la azotea de su sede en Salamanca, distrito de Ate. Esta negligencia permitió que una menor de 12 años accediera a dicha zona y cayera desde la misma, poniendo en grave riesgo su integridad física.
Confirman sanción
La SPC del Indecopi confirmó la sanción inicial impuesta por la Comisión de Protección al Consumidor N.°3 (CC3). La falta de seguridad en la infraestructura escolar fue considerada una violación grave de las normativas de protección al consumidor y seguridad escolar, lo que justifica la severidad de la multa.
Medidas preventivas y violencia escolar
Además de los problemas de infraestructura, el colegio Saco Oliveros también fue sancionado por no implementar medidas preventivas adecuadas ante actos de violencia escolar. La institución no adoptó las acciones necesarias contempladas en la normativa para prevenir y actuar frente a reportes de violencia, lo que agrava su responsabilidad.
Devuelven caso a la Comisión de Protección al Consumidor
El caso será devuelto a la Comisión de Protección al Consumidor N.°3 para que se determine la sanción correspondiente por la falta de medidas preventivas ante la violencia escolar. La confirmación de estas sanciones subraya la importancia de cumplir con las normativas de seguridad y protección en las instituciones educativas.