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Hace un año

PJ advierte que allanamientos se deben realizar con autorización de un juez salvo flagrante delito

En los casos de flagrancia se tiene que cumplir con dos condiciones: la inmediatez temporal y la inmediatez personal, caso contrario dicho allanamiento podría ser considerado nulo.




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En el marco de la salvaguarda de los derechos fundamentales y la correcta impartición de justicia, el doctor Walther Huayllani Choquepuma, Juez Penal Supraprovincial Especializado de Lima, aclaró que los allanamientos siempre deben realizarse con la debida autorización judicial, a excepción de los casos de flagrancia, seguridad nacional o sanidad.
 
Al respecto, explicó que en los casos de flagrancia se tiene que cumplir con dos condiciones: la inmediatez temporal y la inmediatez personal, caso contrario dicho allanamiento podría ser considerado nulo.

Juez Walther Huayllani

AUTORIZACIÓN JUDICIAL
 
“Cuando la policía hace una intervención en flagrancia esta tiene justificación en la ley y en la Constitución. No es que haga una investigación previa (sin dar cuenta al fiscal) y de seguimiento de días y que llegado el momento advierta que hay flagrancia. Ese proceder podría ser considerado nulo porque la policía no realiza investigaciones si no es bajo la conducción del Ministerio Público,” aclaró.
 
Sin embargo, señaló que, en relación a estos casos excepcionales como flagrancia, en la que se permite la intervención directa, sin autorización judicial, posteriormente el representante del Ministerio Público tiene la obligación de informar al juez de investigación preparatoria sobre su intervención y requerir la confirmatoria de incautación.
 
“Luego de allanamiento realizado en un escenario de flagrancia le corresponde al fiscal informar al juez para que este, a su vez, verifique si se cumplieron con las condiciones para restringir de forma excepcional el derecho de inviolabilidad de domicilio, establecimientos comerciales, centros de acopio u otros”, explicó.

Juez Walther Huayllani

 
ACCIONES TEMPORALES

Además, resaltó que las limitaciones a las acciones de flagrancia son temporales y personales, y su finalidad es habilitar a los funcionarios policiales y a la autoridad fiscal para intervenir sin autorización del juez.
 
En casos de allanamientos sin autorización judicial o intervenciones irregulares, instó a la ciudadanía en general y las personas afectadas a acudir al juzgado de investigación preparatoria correspondiente para verificar la existencia de una autorización judicial y, en su ausencia, considerar la posibilidad de presentar denuncias por abuso de autoridad u otros delitos conexos.


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