Ministerio de Cultura crea la Comisión para la Igualdad de Género
Tiene como función elaborar un plan de actividades anual para la reducción de las brechas de género priorizadas por la entidad.
Tiene como función elaborar un plan de actividades anual para la reducción de las brechas de género priorizadas por la entidad.
El Ministerio de Cultura creó la Comisión para la Igualdad de Género, de naturaleza temporal, que tiene por objeto coordinar, articular y fiscalizar la incorporación del enfoque de género en las políticas y gestión institucional.
La finalidad es promover el cierre de brechas de género y la igualdad entre mujeres y hombres, en el marco de la implementación y cumplimiento de la Política Nacional en materia de igualdad de género.
La formación de esta comisión se formalizó a través de la Resolución Ministerial N° 000071-2023-MC, que lleva la firma de la ministra de Cultura, Leslie Urteaga.
Esta comisión tiene como función elaborar un plan de actividades anual, para la reducción de las brechas de género priorizadas por la entidad y coordinar con las distintas áreas para su inclusión en los instrumentos de planificación.
Asimismo, proponer estrategias para identificar buenas prácticas institucionales y para generar una cultura organizacional con igualdad de género, monitorear la implementación de las políticas nacionales en materia de igualdad de género y la alineación de los instrumentos de gestión a los objetivos, metas e indicadores de dichas políticas.
También emitirá informes de los avances y resultados de las políticas, planes, programas y proyectos para la igualdad de género de competencia de la entidad.
Conformación
Esta comisión está integrada por un/a representante de la ministra de Cultura, quien lo preside; un/a representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para la Secretaría Técnica; un/a representante de la Oficina General de Recursos Humanos; un/a representante de la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional; un/a representante de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural.
Además, un/a representante de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas; un/a representante de la Dirección General de Patrimonio Cultural; un/a representante de la Dirección General de Museos; un/a representante de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural; un/a representante de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; y, un/a representante de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes.
De igual manera, cada integrante titular de la comisión cuenta con un/a represente alterno/a, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular. Los miembros de la Comisión ejercen su función ad honórem.
La comisión se instalará en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución; asimismo, en la citada sesión, elaborará un plan de trabajo que establece las fechas y actividades a realizar como parte de la Comisión.
Este grupo, en un plazo no mayor de treinta días calendario contados a partir del día siguiente de su instalación, elaborará su Reglamento Interno de funcionamiento. Esta comisión tiene una vigencia de veinticuatro meses contados desde su instalación, para presentar un informe de sus actividades.
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