A propuesta del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass), el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó y publicó la norma que garantiza el restablecimiento de las atribuciones de las municipalidades provinciales accionistas de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento que hayan revertido las causales que motivaron su ingreso al Régimen de Apoyo Transitorio (RAT) que dirige la entidad.
La Resolución Ministerial N° 203-2022-VIVIENDA tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1280 (Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento), que establecen los pasos para que las comunas provinciales recuperen el accionariado de las EPS.
La norma señala que se restablecen automáticamente los derechos de la municipalidad provincial accionista de la EPS, así como la responsabilidad en la gestión y prestación de los servicios de saneamiento, luego que la Sunass realice la evaluación de la situación de la empresa y en caso se haya revertido la causal de ingreso y no incurra en otras causales determine su salida del RAT del Otass.
Asimismo, que las personas designadas por el organismo se mantendrán en el ejercicio de sus funciones en las empresas administradas mientras se inician las acciones para la elección y la designación de los miembros del directorio y el nuevo gerente general de la EPS.
“Esta norma, que se aprueba en estricto cumplimiento de la Ley Marco, tiene como propósito señalar cuáles son las disposiciones que se implementarán luego que una empresa deje de ser administrada por el Otass, debido a que, como resultado de las acciones que hemos ejecutado como parte del proceso de reflotamiento, se ha logrado revertir las causales que la llevaron al RAT y no se incurre en ninguna otra causal”, señaló el director ejecutivo del organismo Héctor Barreda Domínguez.
Cabe mencionar que actualmente 19 EPS se encuentran dentro del RAT, a las que se les brinda asistencia técnica y financiera para lograr su reflotamiento. A la fecha se les ha transferido más de 700 millones de soles para mejorar sus gestiones, integración, y la EPS Moquegua tiene opinión favorable de la Sunass para su salida del régimen.
COMISIÓN DE TRANSFERENCIA
El dispositivo señala, además, que, desde su entrada en vigencia, el Otass y la Junta General de Accionistas dispone de 12 días para conformar e instalar una Comisión de Transferencia. Los miembros de esta comisión, presidida por uno de los representantes del Otass, son responsables de coordinar y organizar la transferencia de la empresa en un plazo máximo de diez días hábiles, a partir de la instalación de esta instancia, que debe, a su vez, elaborar el Informe de Diagnóstico Situacional de la empresa.
Hay que señalar que una vez culminadas las actividades de dicha comisión, el director ejecutivo del Otass o el director de línea que este designe y el alcalde de la municipalidad provincial accionista de la empresa, suscribirán el Acta de Transferencia de Gestión y Administración de la empresa dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles de comunicado el informe de transferencia. En este documento público, con carácter de declaración jurada, se deja constancia de la conclusión del proceso de transferencia y la entrega y recepción de la administración de la empresa, el cual implícitamente incluye los bienes afectos a los servicios de saneamiento.