El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) señaló, ante las contantes interrogantes y cuestionamientos, que el caso del exalcalde de Lima, Jorge Muñoz, vacado por infracción a la ley, es distinto al de la vicepresidenta de la República, Dina Boluarte.
Indicaron, en el tema del exburgomaestre, que los procesos de vacancia no son de oficio, sino que son tratados por el pleno en caso haya sido promovido por un ciudadano o miembro del Concejo Municipal. En este proceso fue presentado por un vecino.
La denuncia fue presentada ante el Concejo Municipal, argumentó causa de vacancia por integrar el directorio de Sedapal en enero de 2019 siendo autoridad. El Concejo rechazó el pedido, entonces el ciudadano presentó un recurso de apelación ante el JNE.
Sobre Dina Boluarte
Respecto al caso de Dina Boluarte, desde el JNE señalaron que ella fue retirada como candidata al Congreso por el Jurado Electoral Especial (JEE), al no cumplir la exigencia de licencia previa, según los artículos 113 y 114 de la Ley Orgánica de Elecciones, informa RPP.
En cuanto a su candidatura a la Vicepresidencia de la República no hubo ninguna tacha presentada por ciudadano alguno y según la normativa existente, el JEE no realizó ninguna observación. Por tanto, no hubo ninguna decisión por parte del JNE.
Señalaron también, que el JEE no aplicó el artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones, que establece que los altos funcionarios que soliciten su inscripción en una plancha presidencial deben renunciar al cargo seis meses antes, debido a que ella en ese momento no era una alta funcionaria.