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Jueves, 22 de abril del 2021

TC: aerolíneas no podrán realizar cobros adicionales por postergar o endosar boletos

Aspec saludó la decisión del Tribunal Constitucional, pero aclaró que esta disposición solo rige para vuelos nacionales.




El presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), Crisólogo Cáceres, anunció que el Tribunal Constitucional falló a favor de los consumidores al prohibir que las aerolíneas cobren montos adicionales por postergar un viaje o endosarlo a otra persona, sin embargo aclaró que dicha disposición solo es aplicable para los vuelos nacionales.

“Estos derechos nunca fueron del agrado de las aerolíneas, que siempre se mostraron reticentes a aceptarlos porque el código (de protección al consumidor) establecía que el único cobro adicional sería el costo de emisión del nuevo boleto. El TC acaba de emitir una resolución que ya despeja cualquier duda, que ya lo deja todo claro”, señaló el titular de Aspec en un medio local.

Cáceres consideró que se ha ratificado el derecho de los ciudadanos de postergar su viaje o transferir su boleto a otra persona sin ningún pago adicional o penalidad, siempre que se avise a la empresa con no menos de 24 horas de antelación. El único gasto que debería asumir el consumidor es el costo de emisión del nuevo boleto. 


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