Este miércoles el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el segundo listado de empleadores elegibles que califican para el subsidio para la recuperación del empleo formal en el sector privado, según Decreto de Urgencia Nº 127-2020.
La segunda lista, así como el monto por este concepto respecto a diciembre del 2020, fueron aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 071-2021-TR publicada en edición extraordinaria de las normas legales del diario oficial El Peruano.
Los empleadores incluidos en el listado gestionan el desembolso del subsidio, siempre que se acredite previamente cumplimiento de las condiciones indispensables en la Ventanilla Integral Virtual del Asegurado (VIVA) del Seguro Social de Salud (EsSalud).
Todo ello de conformidad con lo establecido en el numeral 9.2 del artículo 9 del citado DU Nº 127-2020. Se encarga a la Dirección de Supervisión y Evaluación, de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo del MTPE, la remisión a EsSalud del listado.
Asimismo, se dispuso la publicación de la presente resolución ministerial y de su anexo en el portal institucional del MTPE (www.gob.pe/mtpe).