El Ministerio de Salud, prorrogó el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional a partir del 7 de diciembre de 2020 por un plazo de noventa días calendario a causa de la pandemia del COVID-19.
La ampliación de esta medida fue establecida mediante el Decreto Supremo N°031-2020-SA, publicado este viernes en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, a fin de continuar con las acciones de prevención, control y atención de salud para la protección del ciudadano de todo el país.
La norma precisa que corresponde al Minsa, al Instituto Nacional de Salud y al Seguro Social de Salud – EsSalud, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el "Plan de Acción–Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú".
También, se estable que durante la prórroga se continuará con la contratación de los bienes y servicios detallados en las listas de "Bienes o servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria COVID-19", contenidas en el Anexo II del Decreto Supremo N°010-2020-SA, modificado por Decreto Supremo N°011-2020-SA y N°029-2020-SA.
Asimismo, el Decreto Supremo N°031-2020-SA lleva la firma de la ministra de Salud, Pilar Mazzetti, el ministro de Trabajo, Javier Palacios y el presidente de la República, Francisco Sagasti.