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Martes, 25 de agosto del 2020

Retiro de aportes de la ONP: ¿cómo sería el pago de los S/4,300?

Cabe señalar que esta Ley todavía deberá ser enviada al presidente Martín Vizcarra para que la promulgue o la observe en un plazo de 15 días útiles.




Con 106 votos a favor, tres en contra y 15 abstenciones el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley que permite la devolución de los aportes, de los afiliados activos e inactivos bajo el Decreto Ley 19990 del Sistema Nacional de Pensiones, administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

¿QUÉ ESTABLECE LA LEY?

La norma, que todavía deberá ser revisada por el Ejecutivo, permitiría que los afiliados retiren hasta un máximo de una UIT, es decir S/4 300. El pago del 50% se realizaría en un plazo máximo de 30 días luego de aceptada la solicitud, mientras que el saldo restante se entregaría 90 días después del primer desembolso.

Además establece un bono único a los pensionistas del Decreto Ley 19990. El monto es equivalente a una Remuneración Mínima Vital (S/ 930) y se entregará según un cronograma aprobado por el Ministerio de Economía y finanzas.

DEVOLUCIÓN DEL 100%

Aquellos que a los 65 años no lograron cumplir con los requisitos para acceder a una pensión (20 años de aportes) tendrán derecho a la devolución de sus aportes efectuados hasta 90 días posteriores a la publicación de dicha norma en el diario El Peruano.

AÚN NO ESTÁ VIGENTE:

Ante la ola de dudas en los aportantes y pensionistas, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) emitió un comunicado para recordar a la ciudadanía que la norma aprobada por el Pleno del Congreso aún no está vigente.

Dicho texto sustitutorio aún debe ser evaluada por el mandatario Martín Vizcarra para que la promulgue en un plazo de 15 días útiles o la observe. Ante un eventual rechazo por parte del Ejecutivo, el Pleno tiene la posibilidad de aprobar esta ley por insistencia.


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