Locales

Lunes, 10 de febrero del 2020

Osinergmin suspende autorización de distribución y comercialización de GLP

Las empresas que a la fecha cuenten con autorizaciones vigentes tendrán que pasar por un proceso de revalidación.




 

Como parte de la reorganización al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), el Ejecutivo dictó una serie de medidas legales y técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad, hidrocarburos y minería luego de la tragedia de Villa El Salvador.

A través del Decreto Supremo Nº 023-2020-PCM, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, el organismo suspendió del otorgamiento de autorizaciones de transporte de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por el plazo de 90 días calendario.

La normativa también suspendió el otorgamiento de autorizaciones de transporte terrestre, almacenamiento, distribución y comercialización de GLP, por lo que las empresas que a la fecha cuenten con licencias vigentes tendrán que pasar un proceso de reevaluación y reinscripción en el Registro de Hidrocarburo.

El Decreto Supremo aprobado por el Poder Ejecutivo tiene el  objetivo es evaluar la situación administrativa, organizacional y de gestión, así como proponer y ejecutar las acciones y medidas de reforma que corresponda, por el plazo de 90 días calendario, contado a partir de la instalación del comité de reorganización.

Este grupo de trabajo deberá  instalarse en un plazo no mayor a tres días, estará conformado por dos representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, dos representantes del Ministerio de Energía y Minas, y un representante del Osinergmin, todos los cuales ejercerán el cargo ad honorem.

 


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