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Viernes, 31 de enero del 2020

Sancionan a Banco Ripley por realizar llamadas promocionales sin consentimiento

Los casos fueron iniciados de oficio en atención a los reportes de los consumidores. Las llamadas promocionales, sin la previa autorización, califica como un 'método comercial agresivo'.

Sancionan a Banco Ripley por realizar llamadas promocionales sin consentimiento

Los casos fueron iniciados de oficio en atención a los reportes de los consumidores. Las llamadas promocionales, sin la previa autorización, califica como un 'método comercial agresivo'.




El Indecopi, a través de la Comisión de Protección al Consumidor N.° 3 (CC3), sancionó a Banco Ripley Perú S.A. por promocionar sus productos o servicios en llamadas telefónicas y mensajes de texto sin el consentimiento previo de los consumidores.

Estos casos fueron iniciados de oficio después que un grupo de usuarios reportara dicha situación a la institución mediante el ‘Whatsapp No Insista’ (999273647). Se han utilizado los reportes como indicios para llevar adelante el proceso.

Con dicha información la Gerencia de Supervisión y Fiscalización (GSF) realizó las indagaciones necesarias, cuyos resultados fueron informados a la CC3, donde se concluyó en las sanciones en primera instancia: 49.8 UIT, es decir, S/214 140.

Hay que tener en cuenta que, en el caso seguido contra Banco Ripley, la empresa reconoció la infracción imputada. Precisan que algunos consumidores dieron su consentimiento, a través de los contratos suscritos con el proveedor.

Cabe señalar que de acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor , el envío de mensajes o llamadas promocionales, sin la previa autorización de los consumidores, califica como un 'método comercial agresivo'.


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