El Banco Falabella fue multado con 45 UIT, lo cual equivale a 193 mil 500 soles, por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), luego que un grupo de consumidores reportaran promociones de sus productos o servicios a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto, pero sin su consentimiento.
Además la entidad se valió de otros elementos obtenidos mediante indagaciones antes de proceder con la sanción monetaria.
Por su parte, dicho banco reconoció las infracciones. Sin embargo, también se detectó que algunas personas habían concedido permiso para recibir esta clase de publicidad. Cabe mencionar que la medida se encuentra en plazo de apelación.
Según el Código de Protección y Defensa del Consumidor, en su artículo 58, numeral 58.1, literal e, precisa que el envío de mensajes o llamadas sin la autorización de los consumidores es catalogado como un “método comercial agresivo”.
A través de un comunicado Banco Falabella que tienen "mecanismos orientados a velar por la protección al consumidor". Asimismo, precisaron "se han evidenciado algunos casos puntuales aislados que no reflejan el proceder" de la entidad en mención.
Finalmente señalaron que no apelarán esta medida dispuesta por Indecopi y que tomarán las acciones correctivas para evitar que situaciones parecidas vuelvan a ocurrir.