A través de una resolución ministerial firmada por Carlos Morán, titular de la cartera del Interior, el Gobierno aprobó los lineamientos técnicos con las condiciones para la aprobación de protocolos que garanticen el control, seguridad y fiscalización de la producción y comercialización de la planta de cannabis para uso medicinal.
El documento señala que el Poder Ejecutivo será el encargado de autorizar las actividades relacionadas con la investigación, la importación y la comercialización del cannabis y sus derivados exclusivamente con fines medicinales y terapéuticos.
Para ello se establecerá los requisitos de otorgamiento de las licencias para investigaciones científicas de universidades e instituciones, para la importación y /o comercialización; y, para la producción. Dicha autorizaciones se otorgan exclusivamente a las entidades públicas y laboratorios debidamente registrados y certificados;
“ el artículo 16 del referido Reglamento señala que los protocolos de seguridad tienen por objetivo garantizar la intangibilidad física de cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico, así como del producto terminado, evitando robos, hurtos u otras ocurrencias que generen disminución cuantitativa del cannabis y sus derivados, a fin de que no sean desviados a destinos ilícitos; deben contar con la verificación y aprobación respectiva; y está sujeto a verificación por parte del representante de la Dirección Antidrogas (DIRANDRO) de la Policía Nacional del Perú”, señala la Resolución Ministerial N° 1969-2019-IN.