Santa Rosa de Lima: esto es lo que debes percibir por trabajar este feriado
El Decreto Legislativo 713 establece cuánto deberían percibir los trabajadores que les toque laborar este miércoles 30 de agosto.
El Decreto Legislativo 713 establece cuánto deberían percibir los trabajadores que les toque laborar este miércoles 30 de agosto.
Hoy 30 de agosto, como todos los años, se celebra el día de Santa Rosa de Lima, una fecha que muchos aprovechan no solo para rendir homenaje a la santa limeña, sino también para descansar de su rutina laboral. Sin embargo, existe un importante porcentaje de personas que sí están trabajando en este día.
Es entonces que muchos de ellos se preguntan cuánto deberían percibir por prestar sus servicios en feriado. Según el Decreto Legislativo 713, los trabajadores que laboren en esta fecha deben recibir el tiple de su remuneración diaria.
Por ejemplo, si un trabajador gana 50 soles diarios (1500 de remuneración mensual) y trabaja este feriado, sin descanso sustitutorio, recibirá una remuneración diaria y una sobretasa del 100%. Es decir, S/ 50 por el feriado, S/ 50 por el trabajo realizado y S/ 50 más por haber laborado en día feriado.
Cabe precisar que si este miércoles es el día de descanso semanal del trabajador, este recibirá S/ 100 por el descanso, pero no por el feriado. Asimismo, si el día de trabajo se inició en día laborable y concluyó este 30 de agosto, no se considerará como un feriado trabajado.
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