Esta mañana, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela suspendió “todos los efectos de las elecciones primarias opositoras”, donde resultó ganadora María Corina Machado y era la virtual candidata presidencial, celebrado el pasado domingo, tras recibir el recurso del diputado José Brito que pedía revisión por “irregularidades”.
De acuerdo con la sentencia 122 de la Sala Electoral del TSJ, la comisión organizadora estatal de los comicios deberá informar, entre otros, “los antecedentes administrativos de las veinticinco fases del proceso electoral” de las primarias, que van desde la convocatoria hasta los escrutinios y proclamación.
MARÍA CORINA MACHADO
Además, deberán consignar las actas de aceptación de la candidatura de aspirantes inhabilitados, como es el caso de la ganadora de los comicios, María Corina Machado, sobre quien pesa esta medida administrativa, impuesta en 2015 por el período de un año, pero luego extendido hasta el año 2030.
Finalmente, el TSJ ordena notificar a otros poderes públicos de esta sentencia y de los hechos denunciados por Brito que -aseguró- pudiesen configurar “la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión de delitos comunes”, sin precisar en qué tipo de hechos ilegales incurrieron.