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Viernes, 10 de marzo del 2017

El país donde puedes ir a trabajar ebrio o drogado y no te despedirán

Si tus abuelos son de los que dicen que el mundo está cada vez peor, no dejes que se enteren de lo que acaba de ocurrir con una ley en este país sudamericano.

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Si tus abuelos son de los que dicen que el mundo está cada vez peor, no dejes que se enteren de lo que acaba de ocurrir con una ley en este país sudamericano.




En el mundo en que vivimos parece que nada nos sorprende. Seguramente escuchaste más de una vez decir a tus abuelos que todo va para peor y que “estamos perdidos” ¿Te imaginarías que dirían si hoy supieran que técnicamente hay un país donde se puede ir a trabajar más que simplemente ebrio?

Tal como lo lees: la polémica ha tenido lugar nada menos que en nuestra región, donde una ley ha sido modificada y por tanto, se ha determinado que un trabajador no puede ser despedido aunque se presente a laborar ebrio o drogado.

Ir a trabajar 'de boleto', o después de una fiesta, es una actividad solo para valientes que en Perú ya es parte de nuestro folclore. Internet.

El hecho ocurrió en el vecino sudamericano de Colombia donde se ha generado toda una polémica por la reinterpretación de un artículo del Código del Trabajo que fue hecha por pedido de dos estudiantes de Derecho.

Según el artículo en cuestión, está prohibido “presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes”, informó la revista ‘Semana’, citada por la cadena RT. No obstante, dos jóvenes lograron rebatirla al detectar una contradicción legal.

Un artículo del Código del Trabajo de Colombia prohibía “presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes”. Internet.

Los alumnos de derecho de la Universidad Uniciencia de Bucaramanga consideraron que lo dispuesto iba en contra de dos artículos de la Constitución que se refieren a la protección de “aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta” y a la equidad de oportunidades, sin excepción.

Sin embargo, dos estudiantes de Derecho encontraron que la ley iba contra la Constitución y llevaron el caso a la Corte. Semana.

Según lo expuesto por los estudiantes, finalmente se resolvió que “No se podrán tomar medidas disciplinarias si no se demuestra por parte del empleador la incidencia negativa que el consumo de sustancias psicoactivas tiene sobre el cumplimiento de las obligaciones de los trabajadores”.

La sentencia de la Corte Constitucional aclara así que el consumo de estupefacientes no siempre influye negativamente en el rendimiento de los empleados. De esta forma, los empleadores ya no podrán justificar un despido en, por ejemplo, una borrachera.

Ahora el empleador no podrá despedir a menos que pueda probar cómo se afecta el trabajo. La norma no aplica a empleos de riesgo como el control aéreo. Alex Domínguez/Las Provincias.

Sin embargo, no todo es carta libre. Hay una excepción, y es para quienes desempeñan “actividades que involucran riesgos para el trabajador, para sus compañeros de trabajo o para terceros”, como los empleados aeronáuticos. 


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