En el marco del inicio del año escolar 2021, “D´Mañana” te orienta sobre los cobros permitidos en los colegios particulares y ahora en plena pandemia por la COVID-19 no puede ser justificación para que estos planteles incumplan los derechos de padres y alumnos.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) advierte a los padres de familia que solo deben pagar tres conceptos: cuota de ingreso, matrícula y pensión mensual.
Sobre la cuota de ingreso se cobra por única vez cuando el alumno nuevo obtiene una vacante en la institución educativa; por otro lado la matrícula se paga una vez al año, al inicio del año escolar, y su monto no debe ser mayor al de la pensión.
Por último la pensión mensual es el pago que se realiza por cada mes de estudios del año escolar y no se debe cobrar por adelantado.
Cabe señalar que si hubiera un incremento en la pensión, éste debe informarse por escrito 30 días calendario antes de finalizar el año escolar y están prohibidos los condicionamientos y pagos de cuotas extraordinarias, recalca Indecopi.