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Hace 4 horas

Golpe al Perú: apuestas deportivas recurren a amparos para anular aplicación “discriminatoria” del ISC

El Poder Ejecutivo tiene hasta miércoles para promulgar ley que corrige desigualdad para el cobro de este impuesto y fomenta la competencia desleal, adelanta el abogado tributarista José Verona.




El Gobierno debe ponerse firme. No debe dejarse chantajear ni por todo el dinero del mundo. Muchas casas de apuestas deportivas vienen interponiendo diversas acciones de amparo, las cuales, por su debida fundamentación, están siendo acogidas por el Poder Judicial para dejar sin efecto la aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), según lo dispone el Decreto Legislativo 1644 emitido por el Poder Ejecutivo, al ser considerado “discriminatorio” y fomentar la “competencia desleal”.

Así lo manifestó el abogado especialista en materia tributaria, José Verona, quien advirtió que esta situación es similar a la que se presentó con las empresas de juegos de azar y máquinas tragamonedas, respecto a la aplicación desigual del ISC, por lo que solicitaron al Poder Judicial anular su vigencia.

“Este decreto legislativo es una norma discriminatoria porque, para las empresas extranjeras, dispone que el ISC lo pague el jugador; pero para las empresas peruanas, este costo debe ser asumido por ellas, lo que genera una evidente competencia desleal”, comentó.

Verona Baluarte recordó que “todo esto fue debidamente sustentado ante los funcionarios del MEF, y por ello se redujo la tasa impositiva del 1 % al 0.3 %”.
“El MEF entendió que si se mantenía el 1 %, la actividad se volvía totalmente inviable y se ponía en grave riesgo miles de puestos de trabajo, tanto directos como indirectos, ya que el DL 1644 grava incluso dinero inexistente, como son los bonos otorgados al jugador, lo cual no ocurre en ninguna otra actividad económica ni en otro país del mundo”, explicó.

Del mismo modo, el especialista indicó que “esta norma lesiva ha sido corregida con el objetivo de evitar, justamente, las acciones de amparo y que, bajo esa figura, las empresas dejen de pagar el ISC”.

Por otro lado, Verona señaló: “Tampoco podemos perder de vista que el DL 1644 no incluyó específicamente, entre las operaciones gravadas, a las apuestas deportivas en la ley del ISC. Por lo tanto, se abre la puerta para que las empresas presenten demandas de inconstitucionalidad, ya que el Estado estaría cobrando un impuesto que no está vigente, al carecer de los aspectos fundamentales requeridos para su aplicación”.

“Se espera que la corrección entre en vigor en la quincena de julio, cuando vence el plazo para que el Poder Ejecutivo promulgue la autógrafa que modifica la Ley 31557, que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia”, concluyó.


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