Prisión preventiva: ¿se respetó parámetros en caso de árbitros?
Luego de que 14 abogados recibieran 18 meses de prisión preventiva en el marco del caso Odebrecht, especialistas cuestionaron la medida impuesta por el juez Jorge Chávez Tamariz.
Luego de que 14 abogados recibieran 18 meses de prisión preventiva en el marco del caso Odebrecht, especialistas cuestionaron la medida impuesta por el juez Jorge Chávez Tamariz.
18 meses de prisión preventiva dictó el Poder Judicial contra 14 árbitros por presuntamente haber favorecido a la empresa Odebrecht a cambio de coimas. Pero para algunos abogados, el juez Jorge Chávez Tamariz tomó la decisión sin considerar los parámetros establecidos en julio de este año.
El abogado penalista, Julio Rodríguez, indicó que en el Pleno Casatorio realizado por la Corte Suprema estableció claramente que la prisión preventiva es una medida excepcional que debe aplicarse solo en ciertos casos.
Rodríguez mencionó también que la decisión sobre estos 14 árbitros generan un mal precedente para la justicia peruana. Según el acuerdo plenario 01-2019, un presupuesto imprescindible de la prisión preventiva es la sospecha fuerte.
Entre los requisitos para esta medida se encuentran el delito grave y el peligrosismo procesal. Para que este último elemento se cumpla, se deberá corroborar que existe peligro de fuga o peligro de obstaculización al proceso de investigación.
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