Poder Judicial

Julio Rodríguez: Resolución del TC sobre Humala reafirma el principio de legalidad

A raíz de la resolución del Tribunal Constitucional que dispuso la liberación del expresidente Ollanta Humala, quien había sido condenado a 15 años de prisión, se ha generado un amplio debate en el ámbito político y jurídico. La decisión se sustentó en la falta de elementos suficientes para sostener algunas de las imputaciones formuladas en su contra.

Asimismo, el abogado penalista Julio Rodríguez respaldó la posición adoptada por el Tribunal Constitucional, señalando que la resolución contiene fundamentos jurídicos sólidos al considerar que no se habrían acreditado de manera fehaciente los hechos atribuidos al exmandatario.

Además, destacó que el fallo reafirma el principio de legalidad consagrado en la Constitución, garantizando que toda persona sometida a un proceso judicial tenga pleno respeto de sus derechos fundamentales y de las garantías establecidas por la ley.

RECONOCIMIENTO DE LA DECISIÓN DEL TC

Rodríguez señaló que la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional se encuentra dentro de las facultades que la ley le otorga, al tratarse de una institución encargada de garantizar el respeto de los derechos fundamentales. “Lo que está haciendo claramente el TC es reconocer algo que es elemental, que es un derecho humano ya ha sido calificado como tal, el principio de legalidad es el máximo principio del derecho penal y es la garantía elemental de todo ciudadano frente a una persecución arbitraria”, indicó. 

Además, Rodríguez indicó que, tras este fallo, Ollanta Humala no podría exigir una reparación civil ni algún tipo de sanción derivada del proceso, debido a que dicha posibilidad no se encuentra contemplada dentro de la legislación peruana para este tipo de casos. “Lamentablemente, en el caso peruano existe un reconocimiento a la posibilidad de demandar por un error en el sistema de justicia, sin embargo para ello sucede debería haber un comportamiento ex profeso dirigido a generar una afectación a estas personas (...) lamentablemente esto fue extraído del código procesal penal”, manifestó. 

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