Buenos Días Perú

12/04/2022

Tercera dosis será obligatoria para trabajadores presenciales: ¿se aplica suspensión perfecta si no cumplen la norma?

El abogado laboralista, Dr. Julio Palomino, aseguró que el espíritu de esta norma guarda relación con lo que dice que el artículo 7 y 9 de la Constitución: protección de la salud.




El Gobierno otorgó un plazo de 15 días para que todos los trabajadores se apliquen la tercera dosis contra el covid-19 mediante Decreto Supremo N° 030-2022-PCMLa norma, publicada el pasado 26 de marzo, precisa que esta ampliación es única y excepcionalmente destinada a personas en modalidad presencial. 

Al respecto, el abogado laboralista, Dr. Julio Palomino, reiteró que la vacunación contra el covid-19 es un acto voluntario, por lo que el espíritu de esta norma guarda relación con lo que dice que el artículo 7 y 9 de la Constitución: protección de la salud. "Ahí tiene que velar siempre el Estado", manifestó.

"Esto también está enmarcado en la labor de prevención que tiene un empleador para cautelar la seguridad y salud, y evitar contagios dentro del centro de trabajo", refirió. Recordó que si el trabajador a la quincena de abril no cuenta con la tercera dosis no podrá prestar sus labores de manera presencial.

¿SUSPENSIÓN PERFECTA?

De otro lado, expresó que si el empleador verifica que el trabajador no cumplió con la dosis de refuerzo puede aplicar la suspensión perfecta. "Esta es una alternativa laboral, pero no despido, a través de la cual el trabajador no asiste y tampoco cobra su remuneración", explicó Palomino.

Segun las normas estipuladas en el Ministerio de Trabajo, el plazo de susensión perfecta es máximo 90 días, aunque aclaró que también pueden convenir ambas partes, pues hoy en día ningún trabajador quiere dejar de percibir un sueldo. 

¿QUIÉN SUPERVISA AL EMPLEADOR?

En otro momento, el abogado indicó que el cumplimiento de la norma es de carácter obligatorio, por lo que si un empleador hace caso omiso respecto a la tercera dosis de refuerzo, los trabajadores que han cumplido con la disposición pueden hacer una queja o denuncia ante la Sunafil.

"Adicionalmente podría haber una visita del Ministerio de Salud (Minsa) o de la Municipalidad del sector donde está ubicado el centro de trabajo, y pedir los certificados a los trabajadores, y ahí si podría ver una multa administrativa en contra del empleador", afirmó.


Temas Relacionados: Covid-19GobiernoTercera DosisTrabajo Presencial

También te puede interesar:

DENGUE