Si usted tiene una deuda pendiente con la SUNAT o Essalud puede solicitar el fraccionamiento de la misma hasta en 36 meses o aplazarla hasta por 6 meses. Si usted decide fraccionarla hasta en 36 meses la tasa de interés mensual será 0.4 por ciento.
Usted podrá fraccionar sus deudas exigibles y pendientes de pago en cualquier estado en cobranza, reclamada, apelada, demanda contenciosa administrativa o en proceso de amparo. Nos referimos a IGV, pagos a cuenta del impuesto a la renta de tercera categoría de enero, febrero y marzo del 2020.
Así como saldos de fraccionamiento anteriores, las contribuciones a Essalud, deudas por multas, liquidaciones de cobranzas de tributos aduaneros, vinculados a resoluciones de determinación y multas.
Pare acceder a este beneficio solo deberá presentar la solicitud de acogimiento al régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento.
Hasta la fecha se han recibido cerca de 10 mil solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento por un monto de 855 millones de soles.
Cabe resaltar que una vez presentado este documento, el contribuyente desiste de cualquier medio impugnatorio de la deuda.