El abogado penalista Julio Rodríguez aclaró en Buenos Días Perú que, en el caso del streamer Neutro, solo podría configurarse el delito de omisión de auxilio si se confirma que no se prestó atención médica oportuna al joven que quedó inconsciente tras participar en una pelea en un centro comercial.
El letrado explicó que en el ámbito penal, cuando una persona acepta voluntariamente participar en una actividad riesgosa, como una pelea, existe lo que se conoce como consentimiento de la víctima. Por ello, el oponente no podría ser denunciado por causar lesiones.
“Ambos se someten voluntariamente a esta práctica. El derecho penal lo llama consentimiento de la víctima, y eso excluye la responsabilidad penal por lesiones”, precisó.
Sin embargo, Rodríguez advirtió que si se confirma que el joven estuvo inconsciente durante más de 30 minutos sin recibir asistencia médica, sí podría configurarse el delito de omisión de auxilio o socorro, cuya pena máxima es de un año de prisión y una multa económica.
“Si no se presta auxilio a una persona herida ni se comunica inmediatamente a la autoridad, se comete un delito”, señaló.
Además, se podría abrir una investigación civil si el afectado presenta secuelas médicas por la falta de atención. En ese caso, el organizador del evento estaría obligado a cubrir los gastos médicos e indemnizar los daños ocasionados.
¿Y el centro comercial? ¿Hubo permiso para el evento?
Otro punto relevante es la responsabilidad administrativa. el entrevistado indicó que para realizar un espectáculo público de contacto físico, es obligatorio contar con permisos municipales y prever protocolos de seguridad como la presencia de ambulancias y personal paramédico.
“Si el evento no tenía las autorizaciones necesarias, hay responsabilidad administrativa tanto para el organizador como para el centro comercial”, sostuvo.
El penalista también recordó que este no sería el primer episodio polémico protagonizado por Neutro, citando un video anterior en el que una persona fue rociada con fuego como parte de un reto. No obstante, reiteró que si hay consentimiento, no se configura delito penal, aunque sí pueden haber responsabilidades en otros niveles.
¿Qué sigue en el caso?
Rodríguez precisó que la Fiscalía puede iniciar de oficio una investigación penal por tratarse de un delito de acción pública. Paralelamente, deben activarse las investigaciones administrativas y civiles para establecer si hubo negligencias y determinar posibles sanciones.
“Habrá que evaluar si hubo secuelas médicas, si se cumplió con los protocolos, y si el evento estaba debidamente autorizado. Las tres vías —penal, civil y administrativa— deben ser investigadas”, concluyó.