Buenos Días Perú

08/07/2024

¡Atención! Multas de hasta S/1287.50 por no colocar banderas en casas y negocios del Centro Histórico de Lima

Las multas varían según la ubicación del inmueble. Conoce AQUÍ todos los detalles de la ordenanza obligatoria dispuesta por la Municipalidad de Lima.




Con el objetivo de mantener vivas nuestras tradiciones patrióticas, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) ha decretado el embanderamiento obligatorio en todas las viviendas, instituciones públicas, locales comerciales y otros predios del Cercado de Lima. Esta medida se toma en el marco de la conmemoración del 203° aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú.

¿A CUÁNTO ASCIENDEN LAS MULTAS?

De acuerdo con la Ordenanza 2200-MML y modificatorias, los propietarios que no cumplan con esta obligación cívica enfrentarán sanciones económicas. Las multas varían según la ubicación del inmueble: el incumplimiento en el Cercado de Lima será castigado con una multa equivalente al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, S/ 515. En el Centro Histórico, la multa puede ascender hasta el 25% de una UIT, lo que equivale a S/ 1287.50.

Para evitar sanciones, la bandera bicolor en buen estado debe colocarse en la parte central superior del frontis del inmueble. Las entidades públicas deben usar la bandera con escudo, mientras que las viviendas, negocios y entidades privadas deben utilizar la versión sin escudo. El incumplimiento de esta especificación también puede resultar en una multa administrativa de hasta el 25% de una UIT.

FECHAS DE VERIFICACIÓN

Los fiscalizadores de la comuna ya se están desplazando para notificar a los administrados en los centros comerciales sobre estas disposiciones y su correcta aplicación para luego realizar las verificaciones de cumplimiento del 15 al 31 de julio.


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