Sepa como fraccionar sus impuestos en plena pandemia
El abogado tributarista, José Verona, nos orienta como realizar este procedimiento y a reconocer la “deuda oculta” con la SUNAT.
El abogado tributarista, José Verona, nos orienta como realizar este procedimiento y a reconocer la “deuda oculta” con la SUNAT.
Desde el pasado 8 de julio más de 284 mil contribuyentes pueden solicitar el fraccionamiento o aplazamiento de su deuda tributaria ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
En total son 284 mil 983 contribuyentes los que serán beneficiados con la medida a través del Decreto Supremo 155-2020-EF. La medida se aplica en un plazo de 6 a 36 meses según lo solicitado.
El abogado tributarista, José Verona, nos orienta para entender las normas referidas al régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria establecido mediante el Decreto Legislativo Nº 1487.
Al respecto, el tributarista, precisó que 231,728 contribuyentes tienen deudas hasta 10,000 soles. Asimismo, dijo que 26,000 empresas o personas deben de 10,000 a 20,000 soles y para fraccionar no hay montos mínimos ni máximos, e incluso uno puede acogerse a este beneficio si se tiene una cobranza coactiva.
Otro consejo a tener en cuenta es analizar la deuda antes de acogerse al fraccionamiento, incluso se debe tomar consciencia de la llamada “deuda oculta” que se tiene con la SUNAT.
Cabe indicar que el plazo para presentar la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento es hasta el 30 de setiembre de 2020, para lo cual se deberá utilizar únicamente el Formulario Virtual N° 1704, que estará disponible en www.sunat.gob.pe.
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