Indecopi se pronuncia tras multa a colegios por retención de libretas
Angela Sevilla, secretaria técnica del CC3 del Indecopi señaló que debe primar el derecho de los menores a la educación por lo que no deben verse afectados.
Angela Sevilla, secretaria técnica del CC3 del Indecopi señaló que debe primar el derecho de los menores a la educación por lo que no deben verse afectados.
La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi sancionó a seis colegios particulares de Lima por incumplir una serie de normas al disponer la retención de las libretas o boleta de notas a los alumnos cuyos padres se habían retrasado en el pago de las pensiones.
Angela Sevilla, secretaria técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi llegó a los estudios de Buenos Días Perú y señaló que debe primar el derecho de los menores a la educación por lo que no deben verse afectados.
La representante señaló que de acuerdo a la norma está prohibido retener las boletas de notas porque sus padres no habían cumplido con el pago de las pensiones. Mencionó que si pueden tomar medidas como retener certificado de estudios consolidados del año.
Asimismo dijo que en el caso que el colegio retenga el certificado de estudios del estudiante porque no realizaron el pago de las pensiones, debe ser informado a los padres de familia al inicio del año. Además toda medida que tomé el colegio debe estar en lo que corresponde a la norma.
Sevilla dio algunas recomendaciones a los padres de familia respecto al concepto de pagos que deben realizar. También dijo que está prohibido algún pago obligatorio que no se ha informado al Ministerio de Educación.
Por otro lado, señaló que los colegios deben definir los libros que se utilizarán durante el año escolar, para que los padres de familia tenga la libertad de comprar los útiles donde quieran. La medida aplica también en el caso de los uniformes.