El Concejo Metropolitano de Lima aprobó una ordenanza que prohíbe la colocación de propaganda política en el centro histórico durante el proceso electoral vigente. La normativa busca preservar el patrimonio y la estética de esta zona, bajo la supervisión de Prolima, entidad encargada del mantenimiento del área.
Regulación también para Lima Metropolitana
La ordenanza 2788 se extiende a toda Lima Metropolitana. En las vías locales del Cercado, se permite colocar carteles temporales con altura máxima de 6 metros, área de exhibición de hasta 15 m² y separación mínima de 100 metros entre paneles.
Para las vías metropolitanas, los paneles se instalarán únicamente en separadores centrales de más de 3 metros de ancho, sin iluminación, con altura máxima de 2,5 metros y área de exhibición también de 15 m².
Sanciones y plazo para adecuación
La ordenanza contempla un cuadro de infracciones y sanciones, que van de leves a muy graves. Una falta muy grave, como instalar propaganda en muros de contención, puentes, cerros o monumentos históricos, implica multas de hasta 6 UIT para los partidos políticos infractores. Los partidos que hayan colocado paneles antes de la ordenanza tienen 10 días desde su publicación para adecuar sus anuncios a las nuevas medidas, de lo contrario serán sancionados.


