24 Horas Edición Medio Día

21/10/2024

Expresidente del TC sobre prohibición de dos personas en moto lineal: “no es constitucional”

Los alcaldes de Independencia y Puente Piedra tomaron la decisión a fin de reforzar la seguridad en sus distritos durante el estado de emergencia por el incremento de la criminalidad.




Recientemente generó polémica la reciente medida tomada por los alcaldes de Independencia y Puente Piedra respecto a ordenanzas en las que se restringe la circulación de dos personas en motocicletas. Los alcaldes tomaron la decisión a fin de reforzar la seguridad en sus distritos durante el estado de emergencia por el incremento de la criminalidad en Lima y Callao.

Al respecto, Ernesto Álvarez, expresidente del Tribunal Constitucional, comentó sobre esta medida: “Toda limitación de un derecho fundamental requiere de una ley, no puede ser efectuada por una resolución del distrito”, puntualizó.

Más adelante, indicó que este tipo de medida tiene un trasfondo político para “luego decir que las autoridades del Estado no han permitido ejecutar lo que el alcalde, escuchando la voz del pueblo, había determinado”, enfatizó.

MEDIDA INCONSTITUCIONAL

El también abogado constitucionalista, manifestó que un alcalde no puede disponer, por ejemplo, que a su distrito no ingresen vehículos color rojo o que no entren motos, pues son disposiciones que van contra el libre tránsito y de ponerlas en práctica puede acarrear un delito de carácter penal.

Cabe destacar que las ordenanzas municipales de los distritos de Independencia y Puente Piedra, se incluye sanciones o multas que llegan a los S/5,120 soles (1 UIT).


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