Congreso debate aprobación de ley de terrorismo urbano
El dictamen que crea este delito, incorpora 17 proyectos de ley de diferentes bancadas.
El dictamen que crea este delito, incorpora 17 proyectos de ley de diferentes bancadas.
ACTUALIZACIÓN
Esta noche, el Congreso de la República inició el debate del proyecto de ley de terrorismo urbano luego que el dictamen fuera aprobado por la Comisión de Justicia el pasado 18 de junio.
Isaac Mita, presidente de la Comisión de Justicia, presentó un texto sustitutorio donde se proponía cambiar el termino "terrorismo urbano" por el de "criminalidad sistemática", sin embargo, no fue debatido debido a que iba en contra de los procedimientos del legislativo.
NOTA ORIGINAL
El Pleno del Congreso tiene previsto debatir y votar hoy, jueves 3 de octubre, un dictamen que reúne varios proyectos de ley que proponen incluir el delito de terrorismo urbano en la legislación nacional. Adicionalmente, se plantea aumentar las penas en casos de extorsión y asaltos.
Dicho dictamen, que agrupa 17 proyectos de ley de diferentes bancadas, busca incluir el delito de terrorismo urbano con penas entre 20 y 30 años de cárcel.
Como bien se recuerda, el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, convocó el pasado miércoles a una mesa técnica con expertos en seguridad para evaluar y mejorar el dictamen, según fuentes del Legislativo.
“Vamos a ver ese tema, vamos a mejorar el dictamen y en el Pleno ordinario de mañana (jueves) se aprobará esta norma”, indicó Salhuana.
DEBATE SOBRE TERRORISMO URBANO
El debate en el Pleno se focalizará en la incorporación del ‘Capítulo II, Terrorismo Urbano, en el Título XIV del Libro Segundo del Código Penal’, en cual comprende dos artículos.
El primero indica quienes incurran en prácticas delictivas generando un estado de zozobra en la población o un sector de ella con el objetivo de “obtener ventaja o beneficio económico, prevalencia o hegemonía en la actividad criminal, será reprimido con pena privativa de libertad no menor a veinte años ni mayor a treinta años y con trescientos sesenta y cinco días-multa".
Por otro lado, el segundo artículo tipifica los "actos agravados de terrorismo urbano" si el responsable es de nacionalidad extranjera, forma parte de la PNP o de las Fuerzas Armadas.
No obstante, también lo tipifica de esta manera si comete terrorismo urbano haciendo uso armamentos, materias y artefactos explosivos, entre otros. La pena en ese caso será no menor de 30 años.
(Con información de RPP)