La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó, en segunda votación, el proyecto de ley que limita los alcances de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, ocurridos antes del 2002.
El dictamen recaído en el Proyecto de Ley 6951/2023-CR obtuvo 15 votos a favor, 12 en contra y cero abstenciones.
Tras esta votación, la fórmula legal será enviada al Ejecutivo, que deberá evaluar si la promulga o la observa.
¿QUÉ DICE LA PROPUESTA?
“Nadie será procesado, condenado, ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 01 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, se lee en el portal del Congreso.
Según la iniciativa, promovida por Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) y José Cueto (Honor y Democracia), el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigencia en el ordenamiento jurídico peruano el 1 de julio de 2002, “por lo que tiene competencia temporal únicamente respecto de los hechos sucedidos después de su entrada en vigor”.
Así que proponen que los delitos cometidos antes de la entrada en vigencia para el Perú del Estatuto de Roma y de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad sean prescritos en los plazos establecidos en la ley nacional.