24 Horas Edición Central

07/02/2023

INPE abre nuevo proceso disciplinario contra Pedro Castillo por entrevista a medio extranjero

A través de un comunicado, el Instituto Nacional Penitenciario indicó que no se autorizó ninguna entrevista en las instalaciones del penal de Barbadillo.




El Instituto Penitenciario de Perú (INPE) anunció este martes que se abrió un nuevo proceso administrativo sancionador contra el expresidente de la República, Pedro Castillo, por conceder una entrevista al medio "El Salto" de España, dentro de las instalaciones del centro penitenciario de Barbadillo. 

Según indicaron en un comunicado, el INPE no autorizó ninguna entrevista dentro del centro penitenciario, además, recordaron que este sería el segundo proceso administrativo contra Castillo Terrones desde su ingreso a Barbadillo en diciembre de 2022. 

"Hoy 7 de febrero del 2023 ante la presunta entrevista realizada por el diario elsaltodiario.com, el INPE ha iniciado un segundo procedimiento administrativo disciplinario considerando el marco normativo y las disposiciones que regulan la disciplina al interior de los establecimientos penitenciarios. Es importante precisar que el INPE cuenta con un procedimiento de autorización de entrevistas de internos/as para medios de comunicación, el cual no ha sido solicitado por dicho medio de comunicación", indican en el comunicado.

Primer proceso por carta firmada y publicada

Cabe precisar que el primer proceso administrativo contra el exmandatario golpista, se debe a la publicación a través de redes sociales, de una carta firmada por el propio Castillo Terrones. 

"El 26 de enero el INPE ha iniciado un procedimiento administrativo disciplinario al interno por la comisión de una presunta falta disciplinaria con respecto a la carta firmada y publicada en la red social Twitter, la misma que se encuentra en proceso de investigación a fin de que el Consejo Técnico Penitenciario determine alguna responsabilidad conforme a ley", detallaron. 

"El Código de Ejecución Penal y su Reglamento señalan expresamente que si bien las comunicaciones constituyen un derecho de toda persona privada de libertad, estas deben darse dentro de los parámetros y objetivos que persigue el tratamiento penitenciario, lo cual excluye aquellos de naturaleza política y/o proselitista", explicaron.


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