24 Horas Edición Central

23/04/2022

Pedro Castillo propone nueva Constitución: ¿Cuándo se votaría de ser aprobado el proyecto de ley?

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que toda convocatoria destinada a reformar la Constitución Política tiene que ser previamente aprobada en el Congreso, con mayoría absoluta.




El presidente de la República, Pedro Castillo, anunció la presentación un proyecto de ley al Congreso, para que en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 se realice un referéndum para determinar si el país está de acuerdo con una nueva Constitución.

Desde Cusco, donde asistió al VI Consejo de Ministros Descentralizado, el presidente señaló que si bien es cierto que el Parlamento tiene en sus manos la potestad de aprobar un referéndum, el Gobierno trabajará dicha propuesta para ser debatida.

“Debo anunciarles que vamos a hacer llegar un proyecto de ley al Congreso de la República, siguiendo el curso constitucional, para que en estas próximas elecciones municipales y regionales el Congreso apruebe este proyecto de ley para que a través de una cédula se consulte al pueblo peruano si está de acuerdo o no con una nueva Constitución”, expresó.

“Es cierto que el Congreso de la República tiene en sus manos esta potestad, nosotros haremos llegar ese proyecto de ley que lo vamos a trabajar inmediatamente”, añadió el mandatario.

NECESITA APROBACIÓN DEL CONGRESO

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que toda convocatoria destinada a reformar la Constitución Política no puede realizarse de manera directa, sino que tiene que ser previamente aprobada en el Congreso, con mayoría absoluta.

Recordó que así lo estableció la Ley 31399 aprobada por el Parlamento y publicada el 30 de enero, que modificó los artículos 40 y 44 de la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos (Ley N.° 26300).

Detalló que según la citada norma, no procede la convocatoria a un referéndum para reformar la Constitución, si es que no se tramita según el procedimiento definido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política.

Es decir, la propuesta de reforma debe ser previamente aprobada por el Congreso, con mayoría absoluta del número legal de sus miembros.


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