24 Horas Edición Central

12/06/2021

José Tello sobre pedido de nulidad: "Tienen que estar sustentadas y tener pruebas"

Según el experto en temas electorales, las pruebas dan contenido al pedido, para que este pueda ser valorado por la autoridad electoral.




Tras la decisión del Jurado Nacional de Elecciones de dejar sin efecto la ampliación de plazo para recibir pedidos de nulidad de actas electorales y la información de que dicho plazo venció el miércoles 09 de junio a las 8 de la noche, conversamos con el experto en temas electorales, José Tello, quien nos dio su opinión al respecto.

"Hubo posibles motivos que hayan llevado a tomar una decisión equivocado, que felizmente se ha reculado y ahora se ha direccionado con los causales legales, con la seguridad jurídica que demanda una situación que tenemos actualmente en los procesos electorales", dijo el especialista.

Asimismo, Tello explicó cuales son las causales para anular un acta que no ha sido observado en mesa ¿.

a) Cuando hay error material, que llevan hacia la nulidad.

b) Cuando la Mesa de Sufragio se haya instalado en lugar distinto del señalado o en condiciones diferentes de las establecidas por esta Ley, o después de las doce (12.00) horas

c) Cuando haya mediado fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia para inclinar la votación en favor de una lista de candidatos o de determinado candidato.

d) Cuando se compruebe que la Mesa de Sufragio admitió votos de ciudadanos que no figuraban en la lista de la Mesa o rechazó votos de ciudadanos que figuraban en ella en número suficiente para hacer variar el resultado de la elección.

 


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