24 Horas Edición Central

04/10/2019

Disolución del Congreso: ¿Hubo adelanto de opinión de los magistrados del Tribunal Constitucional?

El letrado Carlos Ramos indicó que la disolución del Congreso “no se trata de un golpe de Estado”. En tanto Eloy Espinosa Saldaña dijo que Olaechea está incurriendo en una invasión de competencias.




Las voces de dos magistrados del Tribunal Constitucional se han convertido en el blanco de críticas por parte de algunos integrantes de la Comisión Permanente. Y es que hace unos días, el letrado Carlos Ramos manifestó que la disolución del Congreso “no se trata de un golpe de Estado”. Mientras que Eloy Espinosa Saldaña señaló que Pedro Olaechea está incurriendo en una invasión de competencias.

Para el constitucionalista Omar Cairo, existe un motivo fundamental por el que no se puede considerar que hubo adelanto de opinión. “Adelanto de opinión se presenta cuando hay en vista un proceso y yo creo que no hay ningún proceso que pueda tramitarse relativo a la disolución”, dijo el letrado.

Explicó que la demanda competencial emitida por la Comisión Permanente la tendría que presentar el Congreso y con la aprobación de su pleno, según el artículo 109 del código constitucional, que es norma vigente. “Pero eso no se puede hacer porque no hay pleno. El Congreso está disuelto”, señaló a Panamericana.

Opinión contraria es la del constitucionalista Víctor García Toma, quien señaló que los magistrados “han incurrido en este vicio de falta de apariencia de imparcialidad y en consecuencia estarían moralmente obligados a apartarse del caso o que el pleno se los solicite”.


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