Tras el mensaje del Presidente Vizcarra donde decide disolver el Congreso, diversos análisis y opiniones se han dado sobre la legalidad y pertinencia de esta medida y cuánto perjudica o beneficia a la Nación.
El constitucionalista Natale Amprimo, opinó que esta medida no tiene respaldo constitucional, ya que “no existe una denegatoria tácita de la cuestión de confianza”, además que el sustento que menciona Vizcarra es “equívoco”.
Óscar Urviola, expresidente del TC, calificó de “errónea” la decisión del Presidente Vizcarra de disolver el Congreso “sin ningún argumento tanto fáctico como Constitucional”, pues Martín Vizcarra habría interpretado que el Parlamento tácitamente le ha negado la confianza, situación que no está prevista en la Constitución.
El exmiembro del TC, Víctor García Toma, señaló que el Presidente ha incurrido en una causal de destitución, por disolver el Congreso de manera inconstitucional, pues antes que anunciara la disolución, el Parlamento ya había dado la aprobación de la cuestión de confianza.
De manera opuesta, el constitucionalista Omar Cairo, señaló que considera la disolución del Congreso dentro de la legalidad, porque el Presidente presentó un proyecto de Ley con carácter de urgencia que proponía la modificación de la ley orgánica del TC en lo que concierne al nombramiento de los jueces de este órgano, lo que significa que el Congreso tenía que haber tramitado este proyecto de Ley con prioridad y preferencia, es decir que el Parlamento no podía haber tratado nada distinto al proyecto de ley incluyendo el nombramiento de los miembros del TC.