Según el informe final de dicho grupo de trabajo, el parlamentario faltó a su investidura al eludir el artículo 10° de Ley de Contrataciones, pues su empresa Jaamsa, continuó vendiéndole al Estado a través de Copy Depot.
El documento de la Comisión de Ética señala que la estrategia que elaboró Julio Gagó "consistió en valerse de la empresa Copy Depot, sobre la cual ejercía dominio y dirección, y por ser una empresa en la que no figuran como accionistas él ni sus hermanos".
Por esta razón, en el informe recomienda suspender por 120 días de sus funciones parlamentarias al legislador fujimorista. El documento deberá ser debatido por los miembros de la Comisión de Ética antes de ser derivado al Pleno.
El informe advierte sobre el presunto delito penal de falsedad genérica, pues Gagó Pérez "habría estado ocultando la verdad de los hechos, simulando que la persona de Amancio Armas y la empresa Copy Depot son independientes de su persona y de Jaamsa".