El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado declaró infundado el pedido de variación de medida de comparecencia restrictiva por prisión preventiva contra la candidata presidencial, Keiko Fujimori, en el marco de las investigaciones por lavado de activos.
El Juez Víctor Zúñiga Urday declaró infundado pedido fiscal José Domingo Pérez, sin embargo, requirió el cumplimiento estricto de las reglas de conducta a la lideresa de Fuerza Popular, de lo contrario, se dictará nuevamente prisión preventiva en su contra.
El magistrado tomó esta decisión porque no se solicitó la amonestación a Fujimori Higuchi previamente antes de solicitar la revocatoria de la comparecencia con restricciones. “Insoslayablemente tiene que haber un previo requerimiento del Ministerio Público [...] Desestimamos por no haber emitido un apercibimiento previo”, explicó el juez al emitir la resolución.
Por su parte, el integrante del equipo especial Lava Jato apeló la decisión del juez, mientras que la defensa de Keiko Fujimori apeló en parte a la resolución en torno a las reglas de conducta que habría vulnerado al tener contacto con Miguel Ángel Torres y con Lourdes Flores Nano.