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Ventas realizadas por redes sociales deben ser declaradas ante la Sunat

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) recordó que las personas que realizan ventas a través de redes sociales están obligadas a declarar sus ingresos y cumplir con sus obligaciones tributarias.

Pamela Caballero, profesional de Servicios al Contribuyente de la Sunat, explicó que toda persona natural que obtenga ingresos por actividades económicas, ya sea por alquiler de bienes, prestación de servicios o venta de productos, debe declarar dichos ingresos, independientemente de si se generan dentro o fuera del país.

La especialista señaló que las ventas realizadas mediante redes sociales constituyen una actividad comercial y, por lo tanto, están sujetas a las normas tributarias vigentes. Asimismo, indicó que existen diversos regímenes tributarios adaptados a las características y tamaño de cada negocio, desde pequeños emprendimientos hasta empresas de mayor escala.

Respecto a los llamados "canjes" que suelen realizar creadores de contenido e influencers, precisó que estas operaciones también deben contar con documentación que permita sustentar la naturaleza de la transacción. Si se trata de un regalo, debe existir un documento que lo acredite; mientras que, si se trata de una contraprestación por servicios, corresponde emitir el comprobante de pago respectivo.

Obligaciones para quienes venden por internet

Entre las principales obligaciones tributarias para quienes comercializan productos o servicios a través de internet se encuentran:

Inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y mantenerlo activo. Consignar el número de RUC en publicaciones o publicidad vinculada al negocio. Emitir comprobantes de pago electrónicos, como boletas o facturas, por cada venta realizada. Elegir el régimen tributario que corresponda según el nivel de ingresos y la actividad económica. Declarar y pagar los impuestos correspondientes de manera periódica.

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