La empresa cineplanet deberá pagar a sus trabajadores por todos los meses que no laboraron durante el estado de emergencia nacional, anunciado para detener la propagación del coronavirus, así lo dispuso la resolución del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la que se denegó la solicitud de la cadena de cines para acogerse a la figura de la suspensión perfecta de labores durante la emergencia sanitaria.
La decisión fue tomada luego de que no se evidenciara que cineplanet llegara a una negociación con los empelados que fueron afectados para tratar cualquiera de las alternativas previas a la suspensión, como el adelanto de vacaciones, la reducción del salario, la reducción de horas laborales o la aplicación del teletrabajo, esta negociación, según Decreto Supremo, es indispensable para solicitar la suspensión perfecta de labores.
Según el especialista en derecho laboral, Jorge Toyama este requisito, que se publicó varios días después de anunciarse la medida y cuando muchas empresas ya se habían acogido a la figura, ha provocado que hasta el momento se rechacen las solicitudes de 1800 empresas.
El Ejecutivo publicó una modificación al Decreto que permite exonerar de dicha negociación a las empresas que tengan menos de 100 trabajadores y que el mes anterior no registren ingresos económicos. Al igual que el caso de cineplanet, se conoce que la solicitud de la suspensión perfecta de aerolínea Avianca también fue denegada, ambos casos fueron apelados ante el Poder judicial, por lo que ambas empresas todavía no abonarán las remuneraciones a sus trabajadores, por lo menos hasta que se tenga un fallo.