Enfermeros del Perú podrán contar con consultorios propios: ¿Qué atenciones brindarán?
El Gobierno promulgó un Decreto Supremo que establece nuevos alcances para el ejercicio profesional y regular los consultorios privados de enfermería.
El Gobierno promulgó un Decreto Supremo que establece nuevos alcances para el ejercicio profesional y regular los consultorios privados de enfermería.
El Gobierno promulgó el Decreto Supremo N.º 001-2026-SA, que modifica el Reglamento de la Ley del Trabajo de la Enfermera(o), incorporando nuevos alcances para el ejercicio profesional de la enfermería y regulando el funcionamiento de los consultorios privados a cargo de estos profesionales.
Según lo dispuesto, el decreto establece derechos y lineamientos que precisan las actividades que pueden desarrollar los profesionales de enfermería en el ámbito público y privado, en el marco de sus competencias.
FACULTADES
Al respecto, la decana nacional del Colegio de Enfermeros del Perú (CEP), Elizabeth Alvarado Chávez, señaló que la normativa faculta a los profesionales de enfermería a ejercer libremente especialidades como estimulación temprana, inmunizaciones, control de crecimiento y desarrollo, así como determinadas intervenciones vinculadas al tratamiento médico, siempre que cuenten con la orden correspondiente.
No obstante, la representante del CEP precisó que los profesionales de enfermería no están autorizados a recetar ni sugerir medicamentos a los pacientes. Indicó que su labor se centra en áreas como el acompañamiento emocional, el diagnóstico en determinados ámbitos no médicos y la intervención en procedimientos como la curación de heridas avanzadas, respetando las disposiciones legales vigentes.
Panamericana Televisión S.A. Todos los Derechos Reservados 2017 • Aplicaciones móviles • Términos y Condiciones
Avenida Arequipa 1110 Santa Beatriz Lima 1 Perú • Central Telefónica: (+511)712-1000